Home Super Banner 728×90
Cintillo 980×55

¡Agárrense!, hoy comienzan a multar a los ruidosos

Por: Alejandro Muñoz

Puerto Vallarta, Jal.- Los tiempos de pelearte con tu vecino para que le baje a su música terminaron, o al menos en teoría, pues a partir de este viernes 7 de febrero de 2020 comenzarán a multar a los ruidosos en Puerto Vallarta.

Lo anterior, al ser publicado lo que podría llamarse el ‘reglamento antirruido’, en el cual se establecen derechos y obligaciones para los ciudadanos en materia de contaminación auditiva y, de no respetarse, podrán ser acreedores a mulas por más de 43 mil pesos e incluso arrestos administrativos por 36 horas para los reincidentes.

Y es que luego de más de seis meses de trabajos en comisiones al interior del Ayuntamiento y tras su aprobación el pasado 17 de diciembre de 2019, este jueves 6 de febrero se publicó en la Gaceta Municipal las adecuaciones y modificaciones a 23 artículos de 4 reglamentos que dan como resultado las bases para regular y sancionar los ruidos excesivos en el municipio.

¿Cuáles son los niveles y a quiénes implica?

De tal manera, que un día después de su publicación, es decir este viernes 7 de febrero, comienza a aplicarse esta normativa y con ello las multas a quienes excedan los niveles máximos permitidos que, dependiendo del horario y lugar, van desde los 50 hasta los 68 decibeles y, si se trata de un evento social, llámese fiesta, baile o mitin, hasta los 100 recibes, pero solo por cuatro horas.

Las aplicaciones de esta normativa son dirigidas a todo ciudadano, establecimiento, comercio, bares, restaurantes, comercio, vehículo u obra en construcción, o cualquiera que emita sonido, toda vez que no sean aquellas fuentes de emisión que por su naturaleza y origen, no son regulables ni modificables.

¿A cuánto ascienden las multas?

Así es que dentro de las disposiciones que marcar esta normativa, que no es un reglamento como tal, es decir, no se trata de un reglamento en concreto, sino una serie de reglamentos aplicables, destacan horarios, niveles de sonido y sanciones, mismas que van desde una Unidad de Medida de Actualización (UMA), es decir 86.88 pesos (valor febrero 2020), hasta de 500 UMA´s, que 43 mil 440 pesos, además de cárcel administrativa hasta por 36 horas para quienes reincidan, es decir, para quienes a pesar de que la autoridad le haya indicado bajarle, no lo hagan.

¿Quiénes actúan?

Las autoridades que tendrán participación en la aplicación de esta normativa son:

  • Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
  • Dirección de Desarrollo Social
  • Dirección de Servicios Públicos Municipales
  • Dirección de Seguridad Ciudadana
  • Dirección de Inspección y Reglamentos
  • Jueces Municipales
  • Delegados y Agentes Municipales

Su fundamento legal

Esta serie de disposiciones legales que establecen los reglamentos para el Ejercicio del Comercio, Funcionamiento de Giros de Prestación de Servicios, Tianguis, Eventos y Espectáculos; de Construcción; de Policía y Buen Gobierno; de Participación Ciudadana y; para la Prestación de Servicios Musicales Ambulantes, tienen como base la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente del Estado de Jalisco, la cual fue modificada en agosto de 2018 para regular los niveles de ruido y evitar con ello la llamada contaminación auditiva y las afectaciones de ésta sobre las personas.

Related posts

error: Derechos Reservados Paralelo Informativo